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Pagos atrasados para becas de estancias postdoctorales en el extranjero

Maria Pilar Garrido

Publicado el 26/11/2013 10:11

Resolución de 12 de noviembre de 2013, de la Secretaría General de Universidades, por la que se abonan atrasos de la cotización de la Seguridad Social de las ayudas para estancias posdoctorales en centros extranjeros.

Se refiere a los becados con las becas MEC/Fulbright y Cátedras “Príncipe de Asturias”. Los beneficiarios de las ayudas de las convocatorias indicadas quedaron afectados por lo dispuesto en su disposición adicional sexta, relativa a los programas de ayuda a la investigación para doctores, por la que las entidades de adscripción deberían formalizar un contrato laboral de acuerdo con lo dispuesto en texto refundido del Estatuto de los Trabajadores y que la entidad convocante abonaría a los organismos, centros y universidades de adscripción del beneficiario del contrato, la cantidad global de la ayuda, incluyendo en la aportación el coste de la seguridad social.

La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, vino a confirmar expresamente que las cantidades percibidas por los investigadores ya fuera en concepto de dotación mensual como de ayuda mensual complementaria por estancia en el extranjero y ayuda de traslado e instalación, de acuerdo con la Resolución de 27 de febrero de 2008, debían integrar la base de cotización a la Seguridad Social, por lo que el Ministerio debía abonar los atrasos por estos conceptos desde el 1 de marzo de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2011.

Para más información, haz clic aquí.

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