Se modifica parcialmente el catálogo de unidades, el de puestos de trabajo docente, el de programas lingüísticos y la denominación de los centros docentes públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y específicos de Educación Especial.
Todos los centros relacionados en el anexo del documento oficial, cuyo número de unidades de educación primaria sea inferior a cinco, además de los puestos de trabajo catalogados, dispondrán de otro profesorado especialista itinerante, cuya creación se producirá mediante Resolución de la consellera de Educación, Formación y Empleo.
Más información en el documento oficial enlazado abajo.