Imagen generica
¿Aún no estás registrado?
Regístrate ahora, son 2 minutos

Becas de inmersión lingüística para Primaria y Secundaria

Maria Pilar Garrido

Publicado el 19/05/2014 11:05

Resolución de 25 de abril de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas destinadas a alumnos de sexto curso de Educación Primaria y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria para el desarrollo de un Programa de "Inmersión Lingüística" durante el otoño de 2014.

Se ha convocado un total de 106 ayudas para grupos de alumnos de sexto de Primaria y 104 ayudas para grupos de alumnos de 2º de Educación Secundaria Obligatoria, con el fin de participar en un programa de inmersión en lengua inglesa.

El objetivo principal de este programa es proporcionar al alumnado participante una actividad de inmersión en lengua inglesa que les permita desarrollar actividades comunicativas en esta lengua, en un entorno de comunicación real, a la vez que profundizan en conocimientos relevantes de otras áreas y materias del currículo del su nivel educativo.

Se desarrollará en el primer trimestre del próximo curso escolar. La actividad se realizará en régimen de internado, en periodos semanales, de domingo por la tarde a sábado por la mañana entre el 28 de Septiembre y el 15 de Noviembre. El alumnado ha de ir acompañado por dos profesores: uno de la asignatura de inglés y otro docente que cuente con los suficientes conocimientos en dicha lengua para participar en la actividad.

La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por internet en la página del ministerio a través de su sede electrónica en el apartado "Trámites y Servicios".

Junto con la solicitud, ha de adjuntarse en formato electrónico un proyecto de participación elaborado por los profesores acompañantes del grupo, así como el impreso oficial de la solicitud obtenido a través de la cumplimentación de la solicitud en la sede electrónica del Ministerio.

El plazo para presentar las solicitudes será de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Para más información, haz clic aquí.

0
“¿Te ha parecido interesante este artículo? ¡Dale a me gusta!