Imagen generica
¿Aún no estás registrado?
Regístrate ahora, son 2 minutos

Campus Científico de Verano

Maria Pilar Garrido

Publicado el 01/04/2014 15:04

Se convocan hasta 1.920 ayudas, en régimen de concurrencia competitiva para participar en el año 2014 en el Programa «Campus Científicos de Verano», dirigidas a alumnos que se encuentren cursando en el año académico 2013-2014 cuarto curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria o primer curso de Bachillerato, en la especialidad de Ciencias y Tecnología.

Los Campus tendrán lugar del 29 de junio al 26 de julio de 2014, en cuatro turnos de 7 días de duración cada uno, de domingo por la tarde a sábado a mediodía, según el siguiente calendario:

  • Primer turno de estudiantes de 1.º de Bachillerato: del 29 de junio al 5 de julio.
  • Segundo turno de estudiantes de 1.º de Bachillerato: del 6 al 12 de julio.
  • Primer turno de estudiantes de 4.º de ESO: del 13 al 19 de julio.
  • Segundo turno de estudiantes de 4.º de ESO: del 20 al 26 de julio.

Los requisitos para participar en estas becas son: ser estudiante en el curso académico 2013-2014 de 4º de ESO o 1º de Bachillerato en la especialidad de Ciencias y Tecnología, haber nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1996, haber obtenido una nota media de 7,50 puntos y no haber sido beneficiado de una ayuda en ediciones anteriores del Programa Campus Científico de Verano.

La ayuda cubre los gastos de materiales, actividades complementarias, alojamiento, asistencia de monitores y manutención de los alumnos quienes contarán, asimismo, con un seguro que cubra las contingencias de accidente y responsabilidad civil durante el desarrollo de los Campus. Serán por cuenta de los beneficiarios de las ayudas los gastos no derivados del desarrollo del Programa. Los alumnos que obtengan plaza, deberán abonar la cantidad de 80 euros, en concepto de matriculación.

Para rellenar la solicitud se ha de acceder directamente a la página de campus científico.

El plazo de presentación de solicitudes, incluyendo tanto el formulario como la documentación establecida en el apartado 2 de este artículo, será de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Para más información, haz clic aquí.

0
“¿Te ha parecido interesante este artículo? ¡Dale a me gusta!