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Requisitos de los tutores para impartir modulos de certificados de profesionalidad en la modalidad de teleformación

MARIA TERESA FERNANDEZ GALLEGO

Publicado el 28/10/2013 16:10

Los tutores – formadores que deseen impartir certificados de profesionalidad deberán cumplir los requisitos que a continuación se enumeran; 1. Según el artículo 13.1 del Real Decreto 34/2008, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, para impartir módulos formativos de certificados de  profesionalidad, los formadores deberán reunir los requisitos específicos que recojan el mismo. 2. Igualmente, será requisito indispensable que el formador acredite poseer competencia docente. La podrán acreditan quienes: -    Estén en posesión del certificado de profesionalidad de formador  ocupacional o del certificado de profesionalidad de docencia de la formación profesional para el empleo. -     Quienes posean titulación universitaria oficial:

  • Licenciado o grado Pedagogía
  • Licenciado en Psicopedagogía
  • Grado Psicología
  • Magisterio en cualquiera de sus especialidades.
  • Título universitario oficial de posgrado en los citados ámbitos.

-    Quienes estén en posesión de una titulación universitaria oficial y además se encuentren en posesión de:

  • Certificado de Aptitud Pedagógica
  • Títulos profesionales de especialización didáctica
  • Certificado de cualificación pedagógica.

-    Estén en posesión del Master Universitario del profesorado en ESO, Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas. -    Quienes acrediten la superación de un curso de formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida a aquellas personas que no pueden realizar los estudios exigidos de master. -     Quienes acrediten una experiencia docente contrastada de al menos 600 horas en los últimos diez años en formación profesional o del sistema educativo. Además, según el artículo 13.4 del RD 34/2008, los tutores formadores que impartan formación mediante teleformación deberán cumplir uno de los  siguientes requisitos, -    Acreditar experiencia en esta modalidad de al menos 60 horas (desarrollado en la Orden ESS/1897/2013, por el que se desarrolla el RD 34/2008). -    Formación de al menos 30 horas en teleformación. Dicha formación puede acreditarse a través de las siguientes acciones formativas contempladas en nuestros programas de formación, avalados por Instituciones Universitarias y reconocidos con Créditos ECTS; Ver más acerca de los Certificados de Profesionalidad

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